IMPUESTOS

Si es usted el propietario de una vivienda en España, pero no es residente fiscal aquí, tiene que abonar el impuesto anual de no residentes. Este impuesto se paga a Hacienda mediante el formulario 210 antes del 31 de diciembre de cada año. El retraso en el pago puede derivar en sanciones. Por tanto, es recomendable ponerse en manos de un profesional que esté al corriente de las continuas variaciones en las leyes fiscales.

 

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